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Guía sobre Observación de la Elección en Persona

(Procedimientos de Emergencia COVID-19)

 

  1. Debido a las precauciones de COVID-19 y al distanciamiento físico limitado, la observación en persona puede estar limitada en cualquier momento debido a consideraciones de espacio. Todos los observadores deben seguir las pautas de salud del condado y de los CDC para autodetectarse síntomas de COVID-19. 

 

  1. Los observadores electorales deben cubrirse la cara si no están vacunados y mantener un espacio personal para evitar el congestionamiento.

 

  1. Los observadores electorales deben llevar una carnet de identificación.

 

  1. Los observadores electorales no deben tocar ningún material o equipo de votación (EC §§ 15104, 15204).

 

  1. Los observadores electorales no pueden sentarse en ninguna mesa oficial designada (EC §Sec. 14223 (a)).

 

  1. El uso de fuerza, violencia, táctica de coerción o intimidación para obligar a una persona a votar o abstenerse de votar en cualquier elección es un delito grave punible con encarcelamiento en una prisión estatal por hasta tres años (EC § 18540).

 

  1. Está estrictamente prohibido intentar determinar la identidad y las elecciones de la boleta electoral de un votante o haber observado o aprendido la identidad de un votante, intentar determinar las opciones de la boleta electoral de ese votante (EC § 18562.5).

 

  1. Damaging or tampering with voting equipment or official election materials is a felony, punishable by imprisonment in state prison for up to 4 years (EC § 18564).

 

  1. Dañar o alterar el equipo de votación o los materiales electorales oficiales es un delito grave, punible con encarcelamiento en una prisión estatal por hasta 4 años (EC § 18564).

 

  1. No se permite hablar en voz alta, comportamientos perturbadores que provoquen confusión o la congregación de un gran número de personas. Los teléfonos en el lugar u otras instalaciones no designadas no están disponibles para el uso de los observadores, incluidos, entre otros, los baños. Los observadores pueden usar los baños públicos en el segundo piso de nuestras instalaciones. 

 

  1. Los observadores electorales no pueden usar teléfonos celulares, buscapersonas, radios bidireccionales ni dispositivos de grabación durante el proceso de observación electoral. Las llamadas telefónicas solo se permitirán fuera de las puertas del vestíbulo principal.

 

  1. El uso o divulgación de información de registro de votantes para cualquier propósito personal, privado o comercial, incluso para cualquiera de los siguientes: (a) el acoso de un votante o del hogar de un votante; (b) la publicidad, solicitud, venta o publicidad de productos o servicios a un votante o al hogar de un votante; o (c) la reproducción impresa, la transmisión visual o de audio, o la exhibición en Internet está estrictamente prohibida.